Ciberseguridad

Los datos personales muchas veces son tratados a través de redes y sistemas de información, las cuales deben ser fiables y seguras. 
Estas redes y sistemas son cruciales para el correcto desempeño de nuestra sociedad, ya que el desarrollo normal de actividades económicas y sociales está muchas veces basado en su utilización, siendo su seguridad y fiabilidad esenciales. 
Los incidentes de seguridad (sucesos no deseados o inesperados que causan un detrimento en la seguridad de las redes y sistemas de información) afectan a dichas redes y sistemas (lo que comúnmente se conoce por ciberincidente), lo que puede representar una grave amenaza; por ello, es necesario adoptar medidas adecuadas para gestionar los riesgos que se plantean, se debe tener en cuenta que estos incidentes de seguridad pueden ser tanto intencionados como fortuitos. 

En el ámbito de la protección de datos los incidentes de seguridad que sufran las redes y sistemas de información y que afecten a tratamientos con datos personales también se deben notificar a la autoridad de control; para las entidades bajo el ámbito de actuación de la Ley 16/2023, de 21 de diciembre, de la Autoridad Vasca de Protección de Datos, se deben notificar a dicha autoridad.

Cuando hablamos de la “seguridad de las redes y sistemas de información” nos referimos a la capacidad de estas de resistir, con un nivel determinado de fiabilidad, toda acción que comprometa las garantías de disponibilidad, autenticidad, integridad o confidencialidad de los datos (almacenados, transmitidos o tratados), o los servicios (bien ofrecidos por tales redes y sistemas de información, o bien accesibles a través de ellos).
Se entiende por riesgo toda circunstancia o hecho razonablemente identificable que tenga un posible efecto adverso en la seguridad de las redes y sistemas de información y se puede cuantificar como la probabilidad de que se materialice una amenaza que produzca un impacto en términos de operatividad, de integridad física de personas o material o de imagen.
Las entidades, operadores de servicios digitales, y proveedores de servicios digitales, deben adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas y proporcionadas para gestionar los riesgos que se planteen para la seguridad de las redes y sistemas de información utilizados en la prestación de los servicios.

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